
Tasa por hectárea: histórico fallo
La Justicia civil y comercial de la ciudad invalidó el artículo 8 de la Ley 5066 por vulnerar el derecho a defensa de los productores. El fallo podría tener impacto en toda la provincia.
Actualidad06/05/2025 Calchaqui en el Mundo
La abogada Fedra Buseghin, actual presidenta del Concejo Municipal de Reconquista, al ser consultada por Radio Amanecer sobre un reciente y trascendental fallo de la Cámara Civil y Comercial de la ciudad que marca un antes y un después en los procesos de apremio fiscal, explicó que: «La sentencia declara la inconstitucionalidad del artículo 8 de la Ley 5066, cuestionando la falta de garantías para ejercer una verdadera defensa por parte de los productores o demandados en estos juicios».
El fallo, considerado por Buseghin como “histórico”, pone en tela de juicio la legitimidad de los títulos ejecutivos utilizados para reclamar deudas por tasas por hectáreas. Según la resolución, los documentos presentados por las comunas suelen estar acompañados de información escasa o deficiente, lo que impide a los contribuyentes conocer con claridad qué servicios se les están cobrando.
«Esto abre la puerta para cuestionar la viabilidad del título ejecutivo», explicó la Abogada. El dictamen judicial ordena anular todo el procedimiento de primera instancia en un caso donde un productor había sido condenado al pago y ejecución de una deuda, sin que se hubiese acreditado debidamente los servicios prestados que justificarían ese cobro.
Uno de los puntos clave del fallo es la exigencia de que en toda liquidación de deuda se detalle y documente exhaustivamente cada uno de los servicios prestados. De este modo, se podrá evaluar la proporcionalidad entre lo cobrado y lo efectivamente realizado, algo que ha sido una de las principales quejas del sector rural. “Muchos productores reclaman que se les cobra por servicios que nunca se brindan, en zonas donde las comunas ni siquiera tienen maquinaria para ejecutarlos”, compartió Buseghin.
La resolución también pone en valor el principio de transparencia y el deber de información pública, exigiendo que los títulos ejecutivos reflejen de manera clara y completa las prestaciones que justifican la tasa. “Este fallo busca dar coherencia a los tributos, que dejen de ser una carga impositiva sin sustento y se basen en servicios reales y comprobables”, concluyó.
El fallo representa un precedente importante no solo para Reconquista, sino para toda la provincia, y podría provocar una revisión profunda en las prácticas de liquidación de tasas en zonas rurales.




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